Cancela tus deudas
y empieza de nuevo.
Si tienes deudas que no puedes pagar, la ley te da una salida real. En NSF Abogados se ofrece acompañamiento jurídico completo: desde la primera consulta hasta la exoneración definitiva.
¿Qué es la Ley de
Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad (Ley 25/2015, integrada hoy en el Texto Refundido de la Ley Concursal, Real Decreto Legislativo 1/2020) es un mecanismo legal que permite a las personas físicas —particulares y autónomos— que se encuentran en situación de insolvencia, cancelar total o parcialmente sus deudas y obtener un nuevo comienzo financiero.
No es un recurso de último momento ni una vía de escape irresponsable. Es un derecho reconocido por la ley española, avalado por la normativa europea, que protege a quienes han actuado de buena fe y se encuentran en una situación económica de la que no pueden salir por sus propios medios.
¿Quién puede
acogerse?
Esta ley está pensada para quienes se encuentran en una situación de insolvencia real y han actuado de buena fe.
Particulares
Con deudas acumuladas por préstamos personales, tarjetas, hipotecas o avales que ya no pueden asumir.
Autónomos
Cuya actividad ha generado deudas con Hacienda, Seguridad Social o proveedores que superan su capacidad de pago.
Pequeños empresarios
Que han cerrado su negocio con deudas pendientes y buscan una salida legal para empezar de nuevo.
Requisitos principales:
- Encontrarse en situación de insolvencia actual o inminente
- Haber actuado de buena fe (sin condenas por delitos económicos en los últimos 10 años)
- No haber obtenido este beneficio en los últimos 10 años
- No haber rechazado en los últimos 4 años una oferta de empleo adecuada
¿Qué deudas pueden
quedar canceladas?
* Existen deudas no exonerables por ley, como pensiones alimenticias, deudas por responsabilidad extracontractual derivada de delito o multas penales. Cada caso requiere un análisis individualizado.
¿Cómo funciona
el proceso?
Se acompaña al cliente en cada fase del procedimiento, desde el diagnóstico inicial hasta la resolución judicial.
Primera consulta y diagnóstico
Se analiza la situación económica completa: deudas, ingresos, patrimonio y circunstancias personales. Se valora si es posible acogerse y qué resultado cabe esperar.
Acuerdo Extrajudicial de Pagos (AEP)
Se tramita ante el Registro Mercantil o Notario competente la designación de mediador concursal e inician las negociaciones con los acreedores para intentar un acuerdo previo al procedimiento judicial.
Concurso Consecutivo
Si no se alcanza acuerdo, se solicita ante el Juzgado de lo Mercantil el concurso consecutivo. Se liquida el patrimonio disponible si lo hay, y se tramita la solicitud del beneficio de exoneración.
Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI)
El juez concede la exoneración de las deudas que no han podido pagarse. Quedan canceladas legalmente. Se puede empezar de nuevo.
¿Por qué
NSF Abogados?
Abogada colegiada ICAM
Esmeralda Navarro Fernández, nº 138184. Asesoramiento jurídico riguroso y completamente personalizado.
Trato directo y personal
Sin intermediarios. El caso es atendido directamente por la abogada responsable del despacho.
Despacho en Madrid
Atención presencial en C/ Velázquez 27, 1º exterior derecha, 28001 Madrid, con cita previa.
Atención online nacional
Se atienden clientes de toda España de forma completamente telemática.
Preguntas
frecuentes
Da el primer paso hoy.
Si tienes deudas que no puedes pagar, no esperes más. La Ley de Segunda Oportunidad puede ser tu salida. En NSF Abogados se analiza tu caso y se ofrece una valoración honesta de lo que puedes conseguir.
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