Relación de alta dirección: compatibilidad entre despido y preaviso

06/04/2026

Despido improcedente en la relación de alta dirección y preaviso: el Supremo fija doctrina

El Tribunal Supremo ha declarado que, en la relación de alta dirección, el despido improcedente no excluye el derecho a percibir la indemnización por falta de preaviso cuando esta obligación se había pactado en el contrato. La empresa, por tanto, debe abonar ambas compensaciones cuando concurren.

El pronunciamiento refuerza la eficacia de las cláusulas contractuales en la relación de alta dirección y evita que el empleador pueda eludir el preaviso mediante un despido que posteriormente se declara improcedente.

Hechos probados | Despido en la relación de alta dirección

Según los hechos probados, un alto directivo fue despedido disciplinariamente por una corporación profesional. Ese despido fue posteriormente declarado improcedente, optando la empresa por extinguir la relación de alta dirección mediante el pago de la indemnización correspondiente.

Tras ello, el trabajador reclamó una cantidad adicional por la falta de preaviso de seis meses, prevista expresamente en su contrato como garantía propia de la relación de alta dirección.

Rechazo de la indemnización por preaviso

El Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desestimaron la reclamación. Consideraron que el contrato excluía el preaviso en caso de despido del gerente, por lo que no procedía reconocer esa compensación adicional.

No obstante, el Tribunal Supremo corrige esta interpretación al entender que no puede aplicarse de forma automática en todos los supuestos de extinción en la relación de alta dirección.

Doctrina del Tribunal Supremo en la relación de alta dirección

La Sala reitera la doctrina fijada en la STS 515/2021, de 11 de mayo: en la relación de alta dirección, la indemnización por despido improcedente y la indemnización por falta de preaviso son compatibles.

No se trata de conceptos excluyentes, sino de compensaciones distintas. La primera responde a la extinción injustificada de la relación de alta dirección. La segunda deriva del incumplimiento de una obligación contractual concreta, como es el preaviso.

Interpretación de la cláusula de preaviso

El contrato establecía que no sería necesario preaviso en caso de despido. Sin embargo, el Supremo precisa que, en la relación de alta dirección, esa exclusión solo puede referirse al despido procedente.

No puede extenderse a un despido que posteriormente se declara improcedente. De lo contrario, se permitiría a la empresa eludir el cumplimiento de una obligación pactada mediante una decisión unilateral carente de causa suficiente.

El preaviso en la relación de alta dirección no puede quedar vacío de contenido

Evitar el abuso empresarial

El Tribunal advierte que una interpretación contraria permitiría al empleador evitar el preaviso en la relación de alta dirección mediante un despido sin base real. Eso supondría dejar la extinción del contrato al arbitrio de la empresa y vaciar de contenido la cláusula pactada.

Tal resultado sería incompatible con la prohibición del abuso de derecho y del fraude de ley.

Efectos de la opción indemnizatoria

Cuando el despido es declarado improcedente y la empresa opta por indemnizar, esa decisión equivale, en la práctica, a una extinción de la relación de alta dirección sin respetar el preaviso.

En consecuencia, la cláusula contractual despliega sus efectos y genera el derecho a percibir la indemnización adicional pactada.