Policía nacional condenado por simular robo de motocicleta asegurada

10/06/2026

Policía condenado por fraude asegurador

Hechos acreditados y dinámica del fraude

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a un agente de la Policía Nacional por simular el robo de su motocicleta con el objetivo de obtener una indemnización de la compañía aseguradora. Los hechos se inician el 15 de enero de 2024, cuando el funcionario, destinado en la Brigada de Policía Judicial de Torrent, confecciona una denuncia en la que se atribuye la condición de denunciante e instructor.

La resolución declara probado que el agente no incorporó dicha denuncia a los sistemas oficiales policiales, manteniendo el vehículo bajo su control y uso ordinario, pese a haber comunicado su supuesta sustracción.

Calificación jurídica y fundamentos penales

El tribunal aprecia un delito de estafa del artículo 248 del Código Penal, al concurrir engaño bastante, error en la aseguradora, acto de disposición patrimonial y perjuicio económico superior a 13.200 euros. Asimismo, concurre un delito de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, conforme a los artículos 390 y 391 CP, al tratarse de la elaboración de un documento con relevancia probatoria alterando la realidad de los hechos.

Se añade un delito de falsedad en documento oficial cometido por particular, al haberse utilizado el documento en el tráfico jurídico asegurador. La condición de funcionario público agrava el reproche penal por la quiebra del principio de confianza en la función pública.

Ejecución del engaño y ocultación del vehículo

Tras remitir la denuncia a la aseguradora, esta abonó la indemnización el 18 de marzo de 2024. Posteriormente, el superior jerárquico ordenó la incorporación del atestado a los sistemas oficiales, momento en el cual el acusado trasladó la motocicleta a un tercero para ocultarla, hasta su intervención policial en julio de 2024.

Penas, atenuantes y responsabilidad civil

La sentencia impone dos años y un mes de prisión, multas e inhabilitación especial para empleo público durante 13 meses. Se aplica la atenuante muy cualificada de reparación del daño del artículo 21.5 CP, al haberse reintegrado la cantidad percibida antes del juicio.