El Supremo aclara el delito de infidelidad en la custodia de documentos
El Tribunal Supremo ha absuelto a un agente de la Guardia Civil condenado por infidelidad en la custodia de documentos tras hallarse cuarenta y seis atestados policiales en su domicilio. La Sala de lo Penal casa la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid al apreciar insuficiencia probatoria.
El fallo del Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo estima el recurso de casación, casa y anula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y dicta segunda sentencia absolutoria. El condenado queda absuelto del delito de infidelidad en la custodia de documentos por insuficiencia probatoria, con costas de oficio.
Los déficits probatorios de las sentencias de instancia
El Tribunal Supremo constata que tanto la sentencia del Tribunal del Jurado como la del Tribunal Superior de Justicia omitieron analizar el contenido de los atestados hallados en el domicilio del condenado. Sin conocer ese contenido, resulta imposible determinar si existía obligación de remisión al Juzgado.
Las referencias testificales de los agentes de asuntos internos no aportaron ningún dato sobre el contenido de los atestados, y la fundamentación jurídica de la instancia adolecía de contradicciones sobre cuántos de ellos identificaban a un autor conocido.
El caso: cuarenta y seis atestados hallados en un domicilio
Un agente de la Guardia Civil destinado en un puesto de una localidad de la Comunidad de Madrid fue cesado en septiembre de 2017 y trasladado a otro acuartelamiento. En un registro de su domicilio se hallaron cuarenta y seis atestados policiales que no habían sido remitidos al Juzgado de Guardia. El Tribunal del Jurado le condenó por un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos, y el Tribunal Superior de Justicia de Madrid confirmó la condena en apelación.
Un delito que exige un análisis situacional de la lesividad
El artículo 413 del Código Penal castiga a la autoridad o funcionario público que, a sabiendas, oculte documentos cuya custodia le estuviera encomendada. El Tribunal Supremo recuerda que la acción debe revestir una entidad antijurídica específicamente penal, lo que exige un análisis situacional concreto en cada caso.
La obligación de remisión como presupuesto de tipicidad
El artículo 284 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regula la obligación de remisión de atestados e introduce excepciones. En el delito de infidelidad en la custodia de documentos, esa obligación actúa como presupuesto de tipicidad que debe estar acreditado antes de valorar la intensidad del incumplimiento.
El registro informático excluye la afectación a la función de conservación
Todos los atestados intervenidos aparecían registrados en el sistema informático de la Guardia Civil, lo que garantiza su autenticidad. El Tribunal Supremo concluye que el cumplimiento de cualquier orden de remisión no habría dependido de las copias impresas del domicilio, sino del registro digital.
La absolución no equivale a irrelevancia jurídica de la conducta
El Tribunal señala que la conducta podría haber dado lugar a otras formas de reproche penal o disciplinario, aunque la condena por infidelidad en la custodia de documentos requería un nivel probatorio que no se alcanzó.
