El Supremo aclara el delito de descubrimiento y revelación de secretos

26/07/2026

El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de un hombre condenado por un delito de descubrimiento y revelación de secretos contra su expareja, precisando que el subtipo agravado del artículo 197.7 del Código Penal no resulta aplicable a este tipo de conductas.

El fallo del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de casación, casando y anulando parcialmente la sentencia de apelación. En segunda sentencia, condena al acusado como autor de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.1 del Código Penal, sin aplicación del subtipo agravado del último párrafo del artículo 197.7, imponiéndole una pena de un año de prisión y multa de doce meses, manteniendo la prohibición de aproximación y comunicación respecto de la víctima por un periodo de dos años.

Por qué la agravación no se extiende al delito de descubrimiento y revelación de secretos del artículo 197.1

El Tribunal concluye que la agravación se refiere únicamente a los supuestos contemplados en los párrafos que le preceden dentro del propio número 7 del artículo 197, relativos a la difusión no autorizada de imágenes obtenidas con consentimiento del afectado, y no resulta extensible a las conductas del artículo 197.1, que sanciona el apoderamiento de documentos o el uso de artificios técnicos de grabación sin consentimiento de la víctima.

El motivo estimado: el alcance del subtipo agravado del artículo 197.7

El Tribunal admite y estima el primer motivo del recurso, que sí presentaba interés casacional al referirse a un precepto de reciente modificación legislativa, sobre si la agravación del artículo 197.7 resulta aplicable también a las conductas del artículo 197.1.

Cinco motivos inadmitidos

El Tribunal inadmite los cinco motivos restantes, entre ellos la solicitud de la atenuante de dilaciones indebidas, al no acreditar contradicción con la doctrina jurisprudencial existente ni apartarse de los hechos probados de forma admisible.

El caso: un teléfono móvil oculto en un altavoz

Un hombre fue enjuiciado por episodios de maltrato hacia su expareja y por instalar ocultamente, en el domicilio familiar, un teléfono móvil con una aplicación de grabación remota escondido en un altavoz, dispositivo descubierto semanas después de que a ella se le atribuyera el uso exclusivo de la vivienda.

La condena inicial y su confirmación en apelación

El Juzgado de lo Penal de Zaragoza condenó al acusado por maltrato en el ámbito de violencia de género, vejaciones leves y descubrimiento y revelación de secretos, aplicando el subtipo agravado del artículo 197.7. La Audiencia Provincial de Zaragoza confirmó íntegramente la condena.